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null ¿Compensación o fraude?

Hace ya más de una década que el Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia aprobó la “Norma sobre evaluación curricular de los alumnos mediante compensación de calificaciones” y, en consecuencia, la creación de un “Tribunal de Compensación”, responsable de realizar dichas evaluaciones, con las que se pretendía “dar respuesta a ciertas situaciones académicas particulares que impiden a un estudiante obtener el título al que aspira, debido a la no superación de un pequeño porcentaje de créditos o de una asignatura”

Si no tengo mal el dato, la primera convocatoria de estas evaluaciones se realizó en septiembre de 2007. Desconozco cuántos alumnos solicitaron entonces el “aprobado por compensación”, pero sería interesante conocer la evolución de este tipo de solicitudes a lo largo de los años.

Por razones de edad, he sido testigo de los profundos cambios producidos en los procesos pedagógicos y de evaluación que afectan a la docencia universitaria y, desde mi profunda convicción de que la formación es la base para el avance de la ciencia y el progreso social, siempre he considerado que la actividad docente debía estar dirigida a conseguir una enseñanza de calidad, al objeto de que los alumnos egresados de esta institución pública le pudieran devolver a la sociedad el esfuerzo económico que ésta ha invertido en su formación. Sin embargo, durante los últimos cursos, mi frustración está siendo tremenda cuando observo que un número creciente de alumnos se desentienden de una materia troncal u obligatoria de la titulación que están cursando, recurriendo a la desastrosa vía del denominado “aprobado por compensación”.  Y entonces me pregunto, ¿es que evaluar la labor realizada por el alumno durante todos sus años de estancia en la Universidad justifica que se compense la ausencia total de los conocimientos impartidos en otra/s asignatura/s troncal/es u obligatoria/s – hasta un total de 12 créditos –  presente/s en el Plan de Estudios de ese Grado?

Cierto es que esta Norma se apoya legalmente en el principio de libertad académica de las Universidades, pero considero difícilmente justificable, en una institución donde se pretende que se imparta una docencia de excelencia, que un alumno con una calificación de 0 puntos en una asignatura troncal u obligatoria esté “en posesión de los suficientes conocimientos científicos y competencias profesionales para obtener el título académico al que opta”, aunque la calificación media obtenida por ese alumno en el resto de asignaturas sea de 6 puntos.

Debemos reflexionar si no estamos confundiendo compensación con fraude.